Son aquellos actos o comportamientos capaces de afectar la participación de una empresa en el mercado por actos que no se derivan de su propia eficiencia, sino que son originados por engaño, confusión, aprovechamiento indebido de la reputación ajena, sabotaje empresarial u otros actos de competencia desleal, que puedan realizar sus competidores.
Estos pueden realizarse a través de las actividades publicitarias, principalmente, por el incumplimiento de las reglas básicas que aplican a la publicidad, como los principios de veracidad, legalidad, lealtad y adecuación social.
Sí, los influencers siempre deben indicar que su contenido es publicidad si sus comentarios u opiniones tienen una contraprestación de por medio. Recuerda que el no indicar que este contenido tiene carácter publicitario constituye una vulneración al Principio de Autenticidad, y que tanto tú como anunciante como el influencer pueden ser sancionados por la autoridad competente.
Sí, en los siguientes casos: