No. Todos los contenidos que existen en internet tienen un creador, por lo que se debe verificar si se encuentran protegidos por algún tipo de propiedad intelectual (como marcas o derechos de autor) y si han sido publicados con licencias que permitan usos gratuitos y los términos en los que se permite su uso. De lo contrario, para usarlos será necesario contar con la autorización de su titular.
Algunas excepciones que no requieren una autorización del titular son las siguientes:
Podemos ayudarte con todos los pasos y evitar infringir derechos de terceros.
Primero, sugerimos contactar directamente a quien esté usándolos sin autorización y buscar una solución directa. Puedes ahorrarte tiempo y dinero. Siempre deja evidencia por escrito de este contacto y los esfuerzos que hagas por buscar esta solución.
Si no tienes una respuesta rápida y positiva, puedes evaluar iniciar una denuncia por infracción ante el INDECOPI o, si el uso se da en alguna red social, puedes presentar un reclamo directamente a través de los canales que tienen implementados cada red social.
Ten en cuenta que para iniciar una denuncia ante el INDECOPI será necesario que tengas identificada a la persona o empresa que esté usando tu propiedad intelectual sin autorización y pruebas del uso de tu propiedad intelectual en Perú.
Podemos ayudarte con todos los pasos.
Compartimos un cuadro para graficar las diferencias:
DENOMINACIÓN SOCIAL | RAZÓN SOCIAL | NOMBRE COMERCIAL | MARCAS | |
---|---|---|---|---|
Función / Uso | Identifica a sociedades de capitales: i) sociedad anónima; y, ii) sociedad comercial de responsabilidad limitada. | Identifica sociedades de personas: i) sociedad civil ordinaria; ii) sociedad civil de responsabilidad limitada; iii) sociedad colectiva; y, iv) sociedad en comandita. | Es el nombre con el que te conocen tus clientes (identifica al establecimiento o la actividad comercial). | Es el nombre con el que tus clientes identifican tus productos o servicios. |
Conformación | Cualquier denominación | Nombre de los socios | Cualquier signo distintivo | Cualquier signo distintivo |
¿Cómo lo protejo? | Registro obligatorio en SUNARP. | Registro obligatorio en SUNARP. | Registro opcional en INDECOPI. | Registro obligatorio en INDECOPI. |
A veces la denominación o razón social, el nombre comercial y la marca pueden coincidir, pero es importante diferenciarlos y saber que cada uno se protege de una forma distinta.
Sí, el registro no es obligatorio para usarla. Sin embargo, solo con el registro podremos considerarnos como titulares de derechos sobre la marca y considerarla como un activo del negocio. Con el registro además podremos impedir que terceros la copien y eliminaremos el riesgo de que cualquier tercero ya la tenga registrada a su nombre o lo haga luego y pretenda impedirnos seguir usándola, con el riesgo de ser sancionados.
i. Identifica qué quieres proteger: una marca denominativa, una marca mixta (isotipo + denominación) o una marca figurativa (solo isotipo). De ser mixta o figurativa, verifica si los colores son importantes o no. De serlo, deberás pedir protección sobre ellos.
ii. Identificar todos los productos y/o servicios en los que usarás la marca, y ubica la(s) clase(s) que corresponde en la Clasificación de Niza (conformada por 34 clases de productos y 11 de servicios).
iii. Te sugerimos realizar una búsqueda de antecedentes fonéticos en Busca Tu Marca para verificar que nadie más cuente con derechos registrados sobre una marca idéntica o similar a la que te interesa.
iv. Solita el registro ante el INDECOPI o busca asesoría especializada para que te facilite todo el trámite. Nosotros podemos ayudarte.
El registro de una marca da a su titular los siguientes derechos:
i) Se vuelve un activo de la empresa, que puede ser monetizado, por un periodo de 10 años renovables indefinidamente.
ii) Permite impedir que terceros la usen sin autorización o la registren a su nombre en Perú. Si deseo protección en otros países, tendré que registrar la marca en cada país que me interese.
Sí, es posible, pero debemos diferenciar al derecho personal que tenemos sobre nuestros nombres y apellidos de los derechos que se pueden tener sobre una marca. Por un lado, las marcas identifican productos o servicios específicos en el tráfico comercial. Por otro lado, los nombres y apellidos identifican a las personas en la sociedad.
El hecho de tener derechos sobre nuestros nombres y apellidos como parte de nuestra identidad no nos da derechos automáticos sobre ellos como marca.
Por ello, si deseo utilizar mi nombre o apellido como marca, será importante verificar si alguien más ya tiene protegido este nombre o apellido para los mismos productos o servicios que me interesan. Para ello, se puede hacer una búsqueda de antecedentes fonéticos en Busca Tu Marca. Así eliminaremos el riesgo de que cualquier tercero ya la tenga registrada a su nombre o lo haga luego y pretenda impedirnos seguir usándola, con el riesgo de ser sancionados.
Excepcionalmente, los nombres de personas reconocidas por los consumidores tienen protección aun sin estar registrados como marcas. En estos casos, está prohibido que cualquier tercero registre marcas que puedan afectar la identidad o prestigio personas reconocidas, sin contar con su autorización previa o, si hubiese fallecido, de sus herederos.
No es posible pretender registrar el nombre de alguna persona famosa para colgarme de su reputación y llegar más fácil a los consumidores, pues esto sería una conducta desleal capaz de confundir a los consumidores.
Debo solicitar un nuevo registro. No es posible hacer modificaciones en el registro previo. Como las marcas evolucionan en el tiempo, es importante contar con la última versión registrada. De esta manera evitarás el riesgo de que el registro de tu marca sea cancelado por falta de uso al no coincidir con la versión que tienes protegida en el registro.
Sí, los influencers siempre deben indicar que su contenido es publicidad si sus comentarios u opiniones tienen una contraprestación de por medio. Recuerda que el no indicar que este contenido tiene carácter publicitario constituye una vulneración al Principio de Autenticidad, y que tanto tú como anunciante como el influencer pueden ser sancionados por la autoridad competente.
Sí, en los siguientes casos:
Es cualquier tipo de información que te identifica o te hace identificable, por ejemplo, tu nombre y apellidos, tu documento nacional de identidad o tu número pasaporte, tu número de teléfono, tu huella digital, tu imagen y voz, entre muchos otros. No olvides que los datos personales solo les pueden ser reconocidos a las personas naturales, la información de las personas jurídicas no entra dentro de este concepto.
Sí. Para la ley, cualquier tipo de uso de los datos personales (como acceso, almacenamiento en cualquier tipo soporte, modificación, actualización, visualización, eliminación, bloqueo, entre otros) se considera como “tratamiento de datos personales” y debe cumplir con la normativa, sea que se traten de 1 dato o de 100. Por tanto, será indispensable que, si dentro de tu empresa usas o accedes a datos personales de tus trabajadores/colaboradores, proveedores, clientes o cualquier persona, tienes que cumplir con lo que disponen los principios de consentimiento, finalidad, proporcionalidad, seguridad y los otros establecidos en la Ley 29733 y su Reglamento.
Quienes realizan actividades en establecimientos abiertos al público, ya sea en una tienda propia, stand en una feria o centro comercial, en espacios coworking que se presenten como un establecimiento independiente, con RUC y comprobantes de pago propios, incluso en e-commerce o marketplace.
Debes contar con un libro de reclamaciones en cada uno de tus establecimientos, colocando un aviso de su existencia y que los consumidores tienen derecho a solicitarlo. Si prestas servicios o vendes productos de manera virtual, debes implementar un libro virtual y colocar el aviso en tu portal.
El Reglamento del Libro de Reclamaciones (Decreto Supremo 011-2011-PCM) cuenta con formatos de las hojas del libro de reclamaciones y del aviso, con la información y condiciones mínimas que deben respetarse.
Si tendrás un libro físico, puedes adquirirlo en una librería. Este contiene hojas de reclamación, cada una en 3 juegos, donde 2 son desglosables y autocopiativas. La original es para el consumidor, la primera copia se queda con el proveedor y la tercera para INDECOPI, en caso lo solicite.
Si tendrás un libro virtual en tu tienda física, debes tener una plataforma de fácil acceso dentro de tu establecimiento, y asistir al consumidor para que registre su queja o reclamo, enviando una copia al correo electrónico señalado, con la fecha y hora.
El aviso del libro de reclamaciones debe ser exactamente el mismo que figura en el anexo del reglamento. No puedes usar imágenes alternativas.
Si recibes una queja o reclamo estás obligado a dar una respuesta dentro de los 15 días calendario, que son improrrogables, salvo las entidades del sistema financiero y de seguros supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), ya que les aplica una norma especial que les da un plazo de 30 días calendarios para la respuesta, que excepcionalmente puede ser prorrogado.
Si no tienes libro de reclamaciones o si no contestas una queja o reclamo dentro del plazo legal, puedes ser sancionado con una amonestación o hasta una multa de 10 UIT (Unidades Impositivas Tributarias cuyo valor al 2024 es de S/ 5150), dependiendo del tamaño de la empresa. Por ello, es importante que el personal a cargo de atender al público conozca de su importancia y ayude a aprovecharlo como una herramienta que sume al negocio.